MOF

Definición

El Manual de Organización y Funciones (MOF) es un documento técnico normativo de gestión institucional donde se describe y establece la función básica, las funciones específicas, las relaciones de autoridad, dependencia y coordinación, así cómo los requisitos de los cargos o puestos de trabajo. 

Utilidad  
  • Determina las funciones específicas de los cargos o puestos de trabajo, cuyo cumplimiento contribuye a lograr que se cumplan los objetivos funcionales de las unidades orgánicas de cada dependencia, así como las responsabilidades y obligaciones asignadas al cargo o puesto de trabajo, en concordancia con el marco legal y normativo correspondiente.  
  • Proporciona información a los directivos y personal sobre sus funciones y ubicación en la estructura orgánica de la entidad.  
  • Ayuda a la simplificación administrativa, proporcionando información sobre las funciones que les corresponde desempeñar al personal, al ocupar los cargos o puestos de trabajo, que constituyen acciones de una etapa o paso en el flujo de procedimientos.  
  • Facilita el proceso de inducción y adiestramiento del personal nuevo y de orientación al personal en servicio, permitiéndoles conocer con claridad las funciones y responsabilidades del cargo o puesto de trabajo al que han sido asignados, así cómo la aplicación de programas de capacitación.  
Criterios para la elaboración del MOF 

 Las entidades deberán tomar en cuenta los siguientes criterios para la elaboración del MOF:  
  1. En el MOF no se deberá crear nuevas unidades orgánicas distintas a las contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones, ni modificarlos. 
  2. En el MOF no se deberá crear cargos o puestos de trabajo adicionales, ni modificar los establecidos oficialmente en el Cuadro para Asignación de Personal.  
  3. El MOF será elaborado en forma independiente en las unidades orgánicas del segundo nivel organizacional de las entidades. 
  4. En la redacción de las funciones de los cargos o puestos de trabajo se deben tener en cuenta lo siguiente:
  •  El lenguaje a utilizar debe ser claro, sencillo y breve
  • La acción a realizar debe ser expresada en verbo infinitivo, al inicio de cada función, a continuación debe indicarse el asunto sobre el que trata la acción, de ser necesario para una mejor comprensión de la función, el ámbito formal del asunto y por último el propósito, fin u objeto de la función.
 http://bvs.minsa.gob.pe/local/MINSA/1760-2.pdf 

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